El Poder ejecutivo reglamentó la Ley Bases

El Decreto 695/2024 se publicó esta madrugada en el Boletín Oficial, de este modo se oficializó la reglamentación de la Ley Bases

El gobierno de Javier Milei reglamentó la primera parte de la Ley Bases, a un mes de su aprobación.  El Poder Ejecutivo establece la normativa vinculada al Título II, que contempla las modificaciones en el sistema de empleo público, cambios en los procesos administrativos y las privatizaciones de las empresas públicas. 

El Título II del decreto mencionado, está relacionado con la reforma del Estado y los cambios en los procedimientos  administrativos, como así también los vinculados a la privatización de empresas públicas y la flexibilización de las condiciones del empleo público. 

El artículo 60 establece las precisiones de la implementación.  Se instrumentó el esquema para la concesión o venta parcial o total de las siguientes empresas: Energía Argentina, AySA, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria (SOFSE) y Corredores Viales, Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima NASA y el Complejo Carbonífero, Ferroviario, Portuario y Energético a cargo de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).

Con respecto al empleo público, el gobierno reglamentó la Ley Bases para poner en marcha un nuevo sistema de ingreso al Estado y avanzar con las desvinculaciones, despidos y reubicación del personal estatal. 

Los que aspiren a ser empleados públicos deberán aprobar una evaluación  general de conocimientos y competencias, diseñada y reglamentada a tal efecto por la Autoridad de Aplicación, la que será anónima. La persona será identificada una vez sea calificada.  

En cuanto a las normas de ética en el ejercicio de la función pública y su aplicación respecto al presente artículo, cuando la Unidad de Recursos Humanos del organismo en que tramita el ingreso lo considere pertinente consultara a la Oficina Anticorrupción o el órgano  competente, el que deberá expedirse dentro de los cinco días de efectuada la consulta.

Las personas designadas tendrán que presentar una declaración jurada patrimonial y adjuntar sus antecedentes laborales. La normativa expresa que “no podrá efectuarse ninguna designación sin la correspondiente acreditación del certificado de aptitud psicofísica”. 

El régimen de contrataciones comprende la contratación por tiempo determinado y la designación en plantas transitorias. El personal exclusivamente tendrá actividades de carácter transitorio o estacional y los contratos deberán especificar las funciones, la equiparación escalafonaria y el plazo de duración del trabajo. 

El Poder Ejecutivo no renovó contratos y  pasó a disponibilidad a personal que integra la planta permanente. Establece un periodo de disponibilidad del personal alcanzado: hasta 15 años de antigüedad 6 meses,  más de 15 años y hasta 30 años de antigüedad 9 meses, más de 30 años 12 meses.

Durante dicho plazo recibirán un importe mensual equivalente a la retribución asignada a su situación escalafonaria alcanzada en la progresión vertical y horizontal de la carrera administrativa, con exclusión de todo otro concepto remunerativo o no remunerativo.

La indemnización se toma de las retribuciones percibidas hasta el momento del pase a disponibilidad y se computarán los servicios no simultáneos prestados en calidad de personal permanente en el ámbito de la Administración Pública Nacional hasta el momento en que se hubiere notificado fehacientemente al interesado dicho pase.

Quedan excluidos aquellos que hayan generado con anterioridad una indemnización por aplicación de medidas de reestructuración, retiro voluntario, despido o similar, y los que hayan concluido por una causa que no genere derecho a indemnización.  Los empleados que tengan sumarios en curso no podrán cobrar la indemnización hasta que se cierre el expediente.

Los empleados que están próximos a jubilarse dentro del periodo máximo de 12 meses, serán reubicados transitoriamente hasta que se resuelva su situación. 

Se fijó un sistema de puntaje y sanciones para los empleados que incumplan con sus funciones. Hay apercibimientos y aplicación de sanciones. Se tipifican las llegadas tardes, incumplimientos de horarios, inasistencias, condenas judiciales, entre otros.

En cuanto a los procesos administrativos:  Los trámites en el marco de recursos, reclamos y demás impugnaciones previstas en la Ley de Procedimientos Administrativos y en el presente reglamento son gratuitos, con exclusión de aquellos que la normativa específica, se exija el pago de una tasa o suma de dinero por el desarrollo y organización de esa actividad estatal.

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