El gobierno reglamentó hoy la Ley 27654 que procura garantizar de manera integral los derechos humanos de las personas que se encuentran en situación de calle y las denominadas «familias sin techo», al considerar que es importante desarrollar políticas de ampliación de ciudadanía.
Tras la muerte de una beba de tres meses en Buenos Aires, a metros de la Casa Rosada, el gobierno Nación reglamentó a través del Decreto 183/2023, publicado en el Boletín Oficial, la normativa que había sido aprobada en el Congreso en diciembre de 2021.
La ley 27.654 “constituye un instrumento jurídico fundamental que tiene por objeto garantizar integralmente y hacer operativos los derechos humanos de las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle que se encuentren” en la Argentina.
Entre los derechos que buscan garantizarse, se encuentra el de la identidad personal, es decir “tener un nombre propio, una personalidad jurídica y una nacionalidad”. El Estado debe realizar acciones para que las personas puedan hacer “en forma gratuita los documentos de identidad personal”, como las partidas de nacimientos, documento nacional de identidad, las claves únicas de inscripción laboral y tributaria.
Se destaca el “derecho al acceso y al uso de los servicios, de la infraestructura y de los espacios públicos sin discriminación por su condición de vulnerabilidad”.
El derecho a acceder a los servicios socioasistenciales y de salud de las instituciones públicas o privadas con convenio con el Estado, así como también “a los servicios de apoyo para lograr un trabajo digno”.
Por otro lado, se ordena “realizar un relevamiento nacional de las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle, en forma coordinada con el Instituto Nacional de Estadística y Censos. El objetivo es “tener información para hacer un diagnóstico y luego implementar las políticas públicas nacionales”.
Se le exige al Estado “propiciar y coordinar la creación de una Red Nacional de Centros de Integración Social, de atención permanente y continua, que funcionen las 24 horas del día, los 365 días del año, que presten servicios socioasistenciales básicos de alojamiento, alimentación, higiene y cuidados de la salud y además desarrollen actividades de capacitación y ocupación, adaptadas a los conocimientos y necesidades de los destinatarios y las destinatarias”.