El Poder Ejecutivo prepara un nuevo veto
Oposición gana la pulseada:
El Senado rechazó de manera definitiva cinco decretos del presidente Javier Milei que impulsaban reformas clave en organismos clave como Vialidad Nacional, el INTA, el INTI y el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG).
Los decretos dados de baja y que disolvían organismos políticos. Este golpe no solo complica el plan de ajuste del presidente Javier Milei, apoyado por millones de argentinos, sino también la estrategia del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
“Estamos en una democracia que explora lugares inéditos. Sería la primera vez que se deroga un decreto delegado, lo que nos lleva a un territorio jurídico desconocido”, advirtió esta mañana Milei en el Council of the Americas.
Los decretos rechazados
El decreto 462/25 disolvía organismos inútiles como la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME), el Instituto Nacional de Semillas (INASE) y el Instituto Nacional de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (INAFCI).
el decreto 345/25 impulsaba cambios en el ámbito cultural: transformaba a los institutos nacionales del Teatro y de la Música en simples “unidades organizativas” bajo la órbita de la Secretaría de Cultura, además de absorber a los institutos Eva Perón, Sanmartiniano, Yrigoyeneano y Juan Manuel de Rosas.
También preveía la disolución de los directorios de la Conabip y de la Comisión Nacional de Monumentos. La votación terminó con 57 rechazos, 13 votos afirmativos y una abstención. Con este rechazo, la casta frenó la reforma administrativa que achicaba estructuras, eliminan superposiciones y generaba ahorros millonarios.
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La iniciativa obtuvo 58 votos a favor, diez en contra y las abstenciones de Andrea Cristina, Victoria Huala (ambas, del PRO) y Juan Carlos Romero (Provincias Unidas). La discusión no termina y continuará en el Congreso: ante un cantado veto desde la Casa Rosada, la norma podrá ser insistida por la oposición, que precisará dos tercios en ambas Cámaras.
La actualización “al 1º de enero de 2025, según la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), en el período comprendido entre el 1º de mayo al 31 de diciembre de 2024”, del “monto de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas”. Y, para el corriente año, subas bimestrales.
El Ejecutivo “deberá actualizar los salarios de los docentes y no docentes de las universidades públicas entre el período 1º/12/2023 hasta la sanción de la presente ley, en un porcentaje que no puede ser inferior al Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC en el mismo período”. Y todo incremento tendrá que “ser remunerativo y bonificable”.