En julio de 2024 se abonará la nueva fórmula jubilatoria, la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente a mayo de 2024. En agosto se abonará la variación correspondiente a junio, y así sucesivamente.
El decreto 274/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial. “En ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario”.
La nueva fórmula de movilidad jubilatoria que impactará en los haberes recién a partir de julio. Para abril, mientras tanto, se aplicará un ajuste del 12,5% decidido por el Gobierno, más adelantos todavía no precisados de la movilidad correspondiente a junio que se otorgarán, también, con los haberes de mayo.
La actualización estará basada en el Índice de Precios al Consumidor. El ajuste por inflación llegará recién en el mes de julio. Mientras tanto, habrá un esquema de transición
Para el mes entrante habrá un porcentaje de suba que será del 12,5%. Son dos puntos por encima de la propuesta inicial del ministro de Economía, Luis Caputo, que queda, sin embargo, por debajo del 20 por ciento que exigía la oposición.
Los haberes más bajos, ya tenían una suba en sus montos de bolsillo por la aplicación de un bono de $70.000. La mínima, quedará por segundo mes consecutivo en los $204.445 que se pagaron en marzo. Percibirán aumentos los que superen ese nivel de haber o quienes, estando por debajo.
Además del incremento extraordinario en abril, en mayo se abonará un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio del mismo año; y en junio un incremento calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241.
Dichos aumentos serán a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024 conforme el índice que se obtendrá de acuerdo a la fórmula de movilidad vigente a la fecha del dictado del presente. Una vez obtenido el porcentaje que surja de esta, se descontarán los puntos porcentuales de los incrementos acumulados que la persona beneficiaria hubiera percibido”, explicó el Poder Ejecutivo.