El Gobierno reglamentó la reforma laboral: detalles sobre indemnizaciones, bloqueos, multas y blanqueo

Federico Sturzenegger y Julio Cordero explicaron el decreto consensuado con empresarios y sindicatos, el cual, según afirmaron, establece una «modernización histórica de las leyes laborales en Argentina»

El  decreto reglamentario  847/2024  de la reforma laboral en el Boletín Oficial, el Gobierno ha “modernización histórica” de las leyes laborales. 

El secretario de Trabajo, Julio Cordero, junto con el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, hablaron con varios medios nacionales para dar detalles del decreto que reglamenta los 17 artículos del capítulo laboral de la Ley Bases. 

El gobierno de Javier Milei apuesta por esta ley para reducir el trabajo no registrado, cercano al 50%, y fomentar la generación de empleo genuino.

Sturzenegger señaló que el Presidente solicitó una reforma que beneficiara tanto a empresarios como a trabajadores. Uno de los puntos destacados es la posibilidad de que ambas partes acuerden, de manera voluntaria, un sistema indemnizatorio diferente al actual en los convenios colectivos de trabajo, lo que el Gobierno considera un paso hacia una mayor libertad contractual.

Puntos clave del decreto:

  1. Blanqueo laboral:
    El artículo 76 de la Ley Bases establece un blanqueo de empleados no registrados hasta la fecha de aprobación de la norma, condonando deudas por aportes, contribuciones, multas o sanciones laborales. Las empresas, dependiendo de su tamaño, recibirán diferentes porcentajes de condonación, con incentivos adicionales para pagos al contado. Este artículo no afecta al sector público ni al personal de casas particulares.
  2. Simplificación del registro laboral:
    La reforma incluye una simplificación del proceso de registro laboral, reduciendo de 22 a solo 7 los datos necesarios para registrar a un trabajador, facilitando así la formalización.
  3. Bloqueos sindicales:
    El artículo 94, que define como injuria laboral la participación en bloqueos o tomas, fue el más difícil de reglamentar. Aunque los empresarios querían mantener una postura firme, la CGT propuso suavizar el artículo. Finalmente, el Gobierno decidió no reglamentarlo, respetando el espíritu de la ley original.
  4. Trabajadores independientes con colaboradores:
    El artículo 97 crea la figura del trabajador independiente que puede contratar hasta tres colaboradores sin generar vínculo de dependencia. Aunque inicialmente fue criticado por los sindicatos, la reglamentación basada en el régimen del monotributo y autónomos tranquilizó a la CGT.
  5. Fondo de cese:
    El artículo 96 introduce un sistema indemnizatorio alternativo, inspirado en el Fondo de Cese Laboral de la construcción. Este sistema será opcional y podrá acordarse en convenios colectivos, permitiendo a empresas y trabajadores decidir si optan por este régimen o continúan con el sistema tradicional.

El ministro Sturzenegger destacó que la reforma busca un equilibrio que beneficie tanto a empresarios como a trabajadores, ofreciendo flexibilidad para adaptarse a las necesidades de cada sector. La idea es que ambas partes encuentren soluciones que favorezcan a todos, manteniendo la libertad de elección en el sistema indemnizatorio.

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