Corte Suprema firmó con todos sus integrantes, el máximo tribunal rechazó el pedido de las defensas para sostener el sobreseimiento de la ex presidenta y otros involucrados en el caso denunciado por el fiscal fallecido Alberto Nisman
El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda (en un voto conjunto), Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Ninguno se metió en el fondo de la cuestión, ni se puso a valorar las pruebas del expediente. Lo que el máximo tribunal hizo fue descartar la existencia de arbitrariedad o gravedad institucional en la decisión tomada por Casación cuando dispuso que el caso debía ventilarse en un debate oral y público.
La defensa de la ex vicepresidenta había sostenido que se trataba de un acto de política no judiciable la decisión de la firma de ese pacto. A eso, la Corte respondió que “la Sala I de la Cámara Federal de la Casación Penal sostuvo que la hipótesis delictiva postulada por las acusaciones no se reducía a la suscripción de un tratado internacional, sino que tal circunstancia debía ser valorada en conjunto con las negociaciones realizadas por ‘canales paralelos’ a los carriles funcionales y que vehiculizan el fin ilícito sostenido por las acusaciones, consistente en dotar de impunidad a los ciudadanos iraníes a los que se les atribuye el atentado a la A.M.I.A.”.
Casación, dijo: “ante dicha controversia de posturas —entre las acusaciones y las defensas—, se consideró adecuado dar lugar al pertinente debate oral y público.
También, están acusados Eduardo Zuain, Zannini, Oscar Parrilli, Angelina Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis D´Elía, Fernando Esteche, Jorge Khalil y Ramón Bogado. El ex canciller Héctor Timerman, que falleció.
En el voto de Rosatti y Maqueda, al que adhirió Rosenkrantz con excepción de uno de sus considerandos, se entendió que el recurso “no satisface los recaudos exigidos por la ley 48 para su admisibilidad formal, lo que impide a este Tribunal examinar el fondo de la cuestión, sobre la cual no emitirá pronunciamiento alguno”.
Lorenzetti, por su parte, entendió que “es contradictorio afirmar que el recurso adolece de falta de fundamentación, y luego contestar los fundamentos, adelantando opinión sobre cuestiones que hacen al fondo de la cuestión”.
Para Rosenkrantz, “la expresión de las razones por las cuales se declara inadmisible el recurso” encuentra una extensa tradición en la Corte, que se remonta a los inicios de su existencia y llega hasta nuestros días.
“Existe una inveterada tradición de este Tribunal de explicitar, en los casos en los que lo estima conveniente, por qué se rechaza un recurso aun cuando ello se haga en virtud de la falta de fundamentación o de la falta de satisfacción del requisito de sentencia definitiva, o de otros requisitos previstos por la ley 48″, dijo.
Para Rosatti y Maqueda, compartido en lo sustancial por Rosenkrantz, es infundada la “crítica vinculada a la pretendida vulneración a la garantía de juez natural por la integración de la Sala” de la Cámara de Casación.
“La parte disiente con la norma procesal que habilita a los tribunales de alzada, en el ordenamiento nacional y en las circunstancias allí contempladas, a dictar válidamente resoluciones con la intervención de dos de sus miembros (artículo 30 bis in fine del Código Procesal Penal de la Nación), sin haber articulado oportunamente planteo de inconstitucionalidad alguno a este respecto”, se afirmó.
En esa línea, los jueces afirmaron que “el recurso es errado al señalar la ausencia de deliberación, que surge asentada en forma expresa del fallo impugnado”. “Tampoco surge mínimamente fundada la alegada afectación al derecho a ser juzgada en un plazo razonable, de modo tal que permita equiparar lo resuelto a una sentencia definitiva en los términos en que lo ha reconocido la jurisprudencia del Tribunal”, se señaló.
Para la Corte no quedó demostrada la supuesta arbitrariedad en el caso. “Frente a los motivos que sostienen el decisorio impugnado, la recurrente se limita a formular su planteo sin controvertir adecuadamente las afirmaciones del tribunal apelado”, agregó.