Armas de fuego: bajaron la edad para su uso legítimo 

El Gobierno nacional  por medio del  decreto 1081/2024, publicado en el Boletín Oficial autorizó el uso de armas legítimamente a partir de los 18 años 

Este martes la ley nacional 20.429 de armas y explosivos para reducir de 21 a 18 años la edad mínima para ser legítimo usuario de armas. La medida se implementó mediante el Decreto 1081/24, que fue publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Francos Guillermo y la ministra de Seguridad Patricia Bullrich.

El Poder Ejecutivo explicó que la decisión se tomó “a efectos de armonizar la legislación vigente”. Se basaron en el Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante la Ley N° 26.994 y sus modificatorias, que en su artículo 25 establece que la mayoría de edad se alcanza a los 18 años.

En  el inciso 1 del artículo 55 de la reglamentación de la ley 20.429, aprobado por el Decreto Nº 395 del 20 de febrero de 1975, se fijaba la edad de 21 años para ser legítimo usuario de armas. Por esa razón, el Gobierno resolvió sustituir el apartado.

Los solicitantes no presentan “anormalidades psíquicas o físicas que incapaciten al peticionante para la tenencia de armas de fuego”. El decreto aclaró: “cuando existieran razones fundadas, podrá exigirse la presentación de certificado médico”.

El segundo requisito establece que los interesados deben “acreditar ante la dependencia policial con jurisdicción en su domicilio, identidad, domicilio real y medios de vida lícitos”. Le deben emitir una certificación sobre estos datos, incluyendo la inexistencia de antecedentes policiales o penales, y generar un juego de fichas dactiloscópicas para el Registro Nacional de Armas.

Este año, la Administración Nacional de Materiales Controlados (ANMaC), encargada de registrar, fiscalizar y controlar las actividades vinculadas con armas de fuego y explosivos, había emitido una resolución que permitió a los legítimos usuarios renovar su licencia en los 90 días previos a su vencimiento. Bajo esa norma, se puede evitar los exámenes de idoneidad en el manejo de armas si se realiza la renovación dentro de ese plazo.

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